Por medio del cual se determinan los establecimientos educativos del Departamento de Antioquia, para efectos de pago de la Prima de Unitaria de carácter departamental.
Esta prestación se reconoce cuando el docente se retira del servicio.
Para los docentes nacionalizados vinculados hasta el 31 de diciembre de 1989 el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, pagará un auxilio de cesantías equivalente a un mes de salario por cada año de servicio y proporcionalmente por fracción de año laborado, sobre el último salario devengado, si no ha sufrido modificación durante los últimos tres meses en cualquiera de los factores salariales ; en caso de variación se promediará el salario del último año.
El Fondo reliquida cuando el docente pensionado en servicio activo se retira definitivamente del servicio, para ajustar su mesada al 75% de los salarios mensuales devengados en el último año de servicio. Tiene derecho a que se le reliquide su pensión por una sola vez.
Es una prestación económica vitalicia o temporal a que tiene derecho un docente oficial. Para efectos de la pensión se considera inválido el docente que por cualquier causa no provocada intencionalmente, ni por culpa grave o violación injustificada y grave de los reglamentos de previsión, ha perdido un porcentaje no inferior al 75 % de su capacidad para continuar ocupándose en la labor que constituye su actividad habitual o profesional. La calificación de la incapacidad será efectuada por la entidad médica asistencial contratada en cada región por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
La oficina de Nómina de la Secretaría de Educación, tiene a su cargo el ingreso de novedades para el pago del personal Docente y Administrativo adscrito a las diferentes Instituciones Educativa...
Con la cual se "Organiza el servicio educativo estatal de acuerdo con las prescripciones legales y reglamentarias sobre la materia y supervisar el servicio educativo prestado por las entidades oficiales y particulares" y se "presta asistencia técnica a los municipios que la soliciten, para mejorar la prestación del servicio educativo"
Dirigida a los Rectores y Directores rurales que administran los fondos educativos en los municipios no certificados del Departamento de Antioquia la cual tiene como asunto el Sistema de Información Financiero para los fondos de servicios educativos SINAP en su versión 6 y la obligatoriedad del contador público.