SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA - DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO
COMUNICADO N° 001 DE 2024
Resolución 2024060244972 de 2024
El Comité de Convivencia Laboral es un espacio en las entidades públicas que tiene por objeto prevenir las conductas de acoso laboral y atenderlas en caso de presentarse.
A su turno, se aclara que con ocasión de los procesos de selección N° 2150 a 2237 de 2021 y N° 2316 y 2406 de 2022 algunos de los representantes de los Docentes y Directivos Docentes electos para el periodo 2023-2025 perdieron la calidad que tenían al momento de ser elegidos, motivo por el cual y en aras de garantizar el debido proceso y al derecho de participación de los Docentes y Directivos Docentes, se desarrollará una nueva convocatoria para la conformación del Comité de Convivencia Laboral de Docentes y Directivos Docentes de los municipios no certificados en educación del Departamento de Antioquia para lo restante del periodo 2023-2025.
Fecha: 2 de Agosto de 2024
ASUNTO: Convocatoria para la conformación del Comité de Convivencia Laboral de los representantes del personal Docente y Directivo Docente de los municipios no certificados en educación del Departamento de Antioquia para lo restante del periodo 2023-2025.
1. Postúlese al Comité de Convivencia Laboral
Se informa a quienes deseen ser miembros del Comité de Convivencia Laboral del personal Docente y Directivo Docente de los municipios no certificados en educación del Departamento de Antioquia para lo restante del periodo 2023-2025, que podrán inscribirse como representantes principales o suplentes, de los docentes o de los directivos docentes, los días 05, 06, 07, 08 y 09 de agosto de 2024.
El proceso de inscripción se realizará a través del formulario inmerso en el siguiente Link: Inscríbete aquí ,el cual estará disponible en la página web de la Secretaría de Educación de Antioquia, https://www.seduca.gov.co/, y publicado a través de los canales de comunicación autorizados por las diferentes agremiaciones sindicales del sector educación en el Departamento.
Para cada nivel (directivo docente y docente) se deberán inscribir al menos cuatro (4) aspirantes. En caso de que no se inscriban los cuatro aspirantes por cada nivel, o que los inscritos no acrediten los requisitos exigidos, el término de inscripción se prorrogará por dos (2) días hábiles más, es decir, el doce (12) y trece (13) de agosto de 2024. Si vencido este término no se inscriben candidatos nuevos, se realizará la votación con los inscritos, siempre y cuando haya por lo menos dos aspirantes por cada nivel.
PARÁGRAFO PRIMERO: El Comité de Convivencia Laboral del personal Docente y Directivo Docente de los municipios no certificados en educación del Departamento de Antioquia está compuesto por DOS (2) representantes del empleador con sus suplentes, los cuales ya se encuentran designados; y TRES (3) representantes de los docentes, con sus respectivos suplentes, estos últimos distribuidos de la siguiente manera: DOS (2) representantes de los docentes y un (1) representante de los directivos docentes.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Sistema de votación por niveles. Para garantizar una representación justa y equitativa en la elección del Comité de Convivencia Laboral, las votaciones se realizarán de acuerdo con el nivel de los votantes, diferenciando entre docentes y directivos docentes. Es decir, los docentes votarán exclusivamente por los representantes de su nivel, y los directivos docentes votarán por los representantes del suyo.
2. Requisitos para la postulación:
• Podrán participar en el proceso de elección de representantes para el Comité de Convivencia Laboral de los Docentes y Directivos Docentes de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia: Todos los docentes y directivos docentes vinculados en propiedad, encargo o provisionalidad a la Secretaria de Educación del Departamento de Antioquia.
• Quien desee pertenecer al Comité de Convivencia Laboral debe contar “Con competencias actitudinales y comportamentales tales como: respeto, Imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de la información y ética; así mismo, deben poseer habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos” (Resolución Ministerial 00001356 de 2012).
• Para integrar el Comité de Convivencia Laboral no podrán postularse aquellos servidores a los que se les haya formulado una queja en su contra de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de este, en los SEIS (6) meses anteriores a la conformación del Comité.
• Diligenciar el formulario Inscríbete aquí
3. Jornada electoral:
Las votaciones se realizarán de manera virtual el día 16 de agosto de 2024 de 08:00 A.M a 05:00 P.M, a través de la página web de la Secretaría de Educación www.seduca.gov.co.
4. Escrutinio público:
Por último, el escrutinio público se realizará el día 20 de agosto de 2024 a las 09:00 a.m., en la Gobernación de Antioquia, Secretaría de Educación, Dirección de Asuntos Legales. En dicho evento, estarán presentes los candidatos y un representante de la entidad. Asimismo, el funcionario de comunicaciones generará el reporte electrónico de la votación, del cual se dejará constancia en un acta que firmarán los presentes.
Comunicado 001 - Comité de Convivencia Laboral - SEDUCA
Resolución S2024060244972 - Por medio de la cual se modifica la Resolución N° 2023060212789 del 26/09/2023 y se realiza convocatoria para la elección de los representantes del personal docente y directivo docente en la conformación del Comité de Convivencia Laboral de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia para el periodo 2023-2025
En caso de presentar algún inconveniente con la inscripción por favor contactarse al correo electrónico jhulliana.guerra@antioquia.gov.co