PARA: Alcaldes, Secretarios de Educación, Directores de Núcleo Educativo, Rectores y Directores de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia.
La Dirección de Gestión y Apoyo Administrativo con el fin de prestar una eficiente atención a los docentes y directivos docentes de los municipios no certificados del Departamento de Antioquia, en lo relacionado con traslados, nombramientos, licencias, permisos, ascensos, entre otros, tiene establecidos unos procedimientos que permiten que estas acciones se realicen de manera ágil, sin necesidad de la presencia física en forma reiterada del docente y el directivo docente en las oficinas de la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia para la realización de los mismos, lo que trae como consecuencia la permanente desescolarización, congestión de la Dirección de Gestión y Apoyo Administrativo, largas filas y atención a gran cantidad de público para información, lo cual genera retrasos en los diferentes procesos.
Por lo anterior la Dirección, se permite precisar y aclarar algunas situaciones para el mejor funcionamiento, agilizando los procedimientos y brindar así una mejor atención al público con calidad y eficiencia:
La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, mediante Resolución 009097 del 7 de mayo de 2009 estableció en el articulo 3 parágrafo 2 el proceso de traslado para docentes y directivos docentes que deseen participar en el mismo, para lo cual deberá elaborar solicitud escrita en el formato establecido para tal fin y radicarlo en el sótano, éstos son estudiados por un comité de traslados y posteriormente publicados en la página web de la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, razón que no amerita la presencia del docente y el directivo para la consulta del proceso o verificación del mismo.
La presencia del Docente y Directivo docente en la Dirección de Gestión y Apoyo Administrativo, deberá responder a una necesidad apremiante, que requiera una atención personalizada; para ello deberá presentar por escrito el permiso respectivo de su jefe inmediato de la Institución Educativa donde labora, del Secretario de Educación Municipal o del señor Alcalde Municipal.
Se hace necesario tener en cuenta la Circular 461 del 24 de noviembre de 2010 en la cual se establecen directrices relacionadas con permisos e inasistencia a laborar, teniendo en cuenta que si el permiso no es debidamente justificado, el educador se haría acreedor al descuento de los días no laborados y con los efectos que los mismos acarrean en relación con primas y procesos disciplinarios.
Se requiere de un ejercicio responsable de las administraciones municipales para la prestación del servicio educativo en condiciones de calidad y eficiencia, para lo cual deberá cumplir con sus funciones en materia de traslados, asignación de permisos a docentes y directivos docentes, información oportuna a Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia de inasistencia laboral y otras gestiones de carácter administrativo que contribuyan a generar una mayor presencia del docente en la I.E y el cumplimiento del calendario escolar.
Una buena gestión y apoyo de los Secretarios de Educación y Alcaldes Municipales a sus docentes y directivos docentes a través del acompañamiento en los trámites que requieran, serán garantía para que obtengan de manera oportuna solución a las situaciones administrativas, evitando viajes y gastos innecesarios a los docentes, garantizando con ello el fiel cumplimiento de la jornada laboral docente y la jornada académica de los niños, niñas y jóvenes de los centros e instituciones educativas de los municipios no certificados de Antioquia.
LUIS FERNANDO CORTES MOLINA
Secretario (e) de Educación para la Cultura
Elaboró: Carlos Pineda 17-01-11