No se computará en esta pensión el tiempo laborado en empresas privadas no afiliadas al I.S.S.. Para los docentes afiliados al Fondo Prestacional del Magisterio, esta es la única pensión que permite computar tiempos cotizados al Instituto de Seguros Sociales, antes y después de la expedición de la Ley 100 de 1993.
Es importante resaltar que el requisito de edad en esta pensión es 55 y 60 años para mujeres y hombres respectivamente, condición estrictamente necesaria para que el I.S.S. reconozca las cuotas partes que le corresponde.
FÓRMULA DE LIQUIDACIÓN:
Promedio mensual de la Asignación Básica del año anterior al estatus x 75%Normas Aplicables: Ley 71 de 1988, Decreto 1160 de 1989, Decreto 2709 de 1994.
REQUISITOS:
1. Formato de Solicitud de prestación completamente diligenciado.2. Fotocopia ampliada y legible de la cédula de ciudadanía del docente.
3. Original o Copia auténtica legible del Registro civil de nacimiento o partida de bautismo para los nacidos antes del 11 de junio de 1938.
4. Original del certificado de tiempo de servicio expedido por la Entidad Territorial (Con fecha de expedición no superior a tres (3) meses a la fecha de radicación de la solicitud en la Oficina Regional. Debe contener el tipo de vinculación, nombramientos, traslados, comisiones, permutas, licencias, suspensiones y demás novedades administrativas. Si ha laborado en otras entidades territoriales se debe anexar certificación de tiempo de servicio con los mismos requisitos anteriores, en donde se especifique a que entidad se le efectuaron los aportes de Ley).
5. Original del certificado de salarios expedido por la Entidad Territorial.
(Debe contener el tipo de vinculación del educador, cargo, grado en el escalafón, si hay horas extras certificarlas mes por mes, si hubo ascensos en el año de adquisición del status certificar a partir de que fecha surte efectos fiscales. Este certificado debe indicar los aportes de Ley al Fondo del Magisterio.
Dependiendo del tipo de Pensión el certificado de salarios a demás de la información anterior debe contener:
Para Pensión de Jubilación o por Aportes el certificado debe ser de los últimos doce (12) meses de servicio a la fecha de status, en el evento de estar retirado del servicio docente anexar certificado de salario de los últimos 12 meses a partir de la fecha de retiro.
Para Pensión de Invalidez el certificado de salarios debe ser expedido por la entidad pagadora sobre el salario devengado al momento de producirse la invalidez.
Para Pensión de Retiro por Vejez el certificado de salarios debe ser expedido por la entidad pagadora donde conste el último salario devengado mensualmente.)
6. Original de Certificado de semanas cotizadas al ISS
(Válido para tramitar pensiones, debe contener número de afiliación al ISS, por tiempo cotizado a esa entidad, razón social del empleador, NIT y número patronal, Certificación con fecha de expedición no superior a tres (3) meses a la fecha de radicación de la solicitud).
7. Certificado de Entidades Administradoras de Pensión indicando si se encuentra o no pensionado. (En caso de estar pensionado debe anexar la copia de la resolución que lo pensionó).
8. Manifestación expresa si devenga o no pensión.