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Conforme se establece en el Artículo 2.3.1.6.3.2 del Decreto 1075 de 2015, “Los fondos de servicios educativos son cuentas contables creadas por la ley como un mecanismo de gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los establecimientos educativos estatales para la adecuada administración de sus ingresos y para atender sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal”.

La Secretaría de Educación de Antioquia, cuenta con el grupo interdisciplinario de profesionales asesores de Fondos de Servicios Educativos, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, con el fin de suministrar asesoría y acompañamiento y efectuar control, a los Establecimientos Educativos Oficiales de los Municipios no certificados del Departamento de Antioquia, respecto a la administración y ejecución de los recursos, con el fin de garantizar la eficacia y transparencia en el uso de los mismos.

Los profesionales asesores dispuestos para atender las diferentes inquietudes son:

Nombre Cargo E-mail Teléfono

Rodrigo Alberto López Burgos

Profesional Especializado
Coordinador Equipo

rodrigo.lopez@antioquia.gov.co 3838420
Liliana Llaned Barrera Aguirre Profesional Universitaria liliana.barrera@antioquia.gov.co 3838437
Eliana Vannesa Mora Profesional Universitaria eliana.mora@antioquia.gov.co 3838422
Maribel Sánchez Sánchez Profesional Universitario maribel.sanchez@antioquia.gov.co 3838422
Gustavo Rondon Rendón Profesional Universitario gustavo.rondon@antioquia.gov.co 3838426
Ligia María Gómez García Profesional Universitaria ligia.gomez@antioquia.gov.co 3838422
Eduardo Muñoz Luna Profesional Universitario eduardomunoz@antioquia.gov.co 3838556
Iveth Morales Montañez Profesional Universitario iveth.moralesmm@gmail.com 3838426
Gloria Zapata Tabarez Técnico Operativo gloria.zapata@antioquia.gov.co 3838429
Paula Andrea Gómez Ruíz Auxiliar Administrativa pgomezr@antioquia.gov.co 3838556
Hilda María Cossio Fernández Auxiliar Administrativa hildasurena@hotmail.com 3838426
Jonathan Camilo Pérez R. Auxiliar Administrativo camilofse@gmail.com 3838429

Documentos de Normatividad Departamental

Documentos de Normatividad Nacional

Lunes, 23 Febrero 2015 10:33

Cesantías parciales para liberación de gravamen hipotecario

  1. Fotocopia ampliada y legible de la cédula de ciudadanía del docente.
  2. Original del Certificado de tiempo de servicio expedido por la entidad territorial no superior a tres (3) meses a la fecha de radicación de la solicitud.

    (Debe contener el tipo de vinculación del educador para determinar el régimen prestacional, las novedades administrativas como: nombramientos, traslados, comisiones, permutas, licencias, suspensiones, reflejando el número y fecha de los actos administrativos de las novedades con fecha de ingreso y retiro).
  3. Original del certificado de salarios expedido por la entidad pagadora, sobre el último salario devengado.

    (Si el salario ha variado en los tres (3) últimos meses anexar el certificado de los doce (12) meses del último año de servicio, reflejando el tipo de vinculación del educador, cargo , grado en el escalafón, horas extras certificadas mes por mes, si hubo ascensos en los doce meses certificar a partir de que fecha surte efectos fiscales).
  4. Certificado de la entidad que cancelaba las cesantías antes de la creación del FNPSM
    (Sobre anticipos pagados en el que conste los anticipos cancelados o en su defecto certificado de no pago).
  5. Reportes anuales de las cesantías de 1990 en adelante.(Para docentes Nacionales).
  6. Certificado actualizado de la deuda en caso de que las cesantías estén pignoradas al Fondo Nacional de Ahorro.
  7. Paz y Salvo del Fondo Nacional de Ahorro.
    (Para los docentes Nacionales vinculados antes de la expedición de la Ley 91 de 1989)
  8. Fotocopia ampliada del documento de identificación beneficiario, si es persona jurídica NIT y representación legal de la misma.
  9. Fotocopia del Registro civil de matrimonio

    (O declaración extrajuicio del compañero(a) permanente, en donde se demuestre la convivencia en unión libre de manera permanente, constante y notoria por un tiempo mínimo de dos (2) años, si el inmueble no es de propiedad del educador).
  10. Certificado Original de libertad y tradición del inmueble donde se registra la hipoteca.
    (En cabeza del educador, cónyuge o compañero(a) permanente donde se registre la hipoteca, con fecha de expedición no superior a tres (3) meses)
  11. .
  12. Certificado de la entidad oficial, financiera o persona natural sobre el monto y vigencia de la obligación.
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GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA - Secretaría de Educación
Horario: De lunes a jueves de 7:30 a. m. a 12:00 m. y de 1:30 p. m. a 5:15 p. m.; y los viernes de 7:30 a. m. a 12:00 m. y de 1:30 p. m. a 4:00 p. m.
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