EL SECRETARIO DE EDUCACION PARA LA CULTURA DE ANTIOQUIA, en usos de sus facultades legales, y en especial las conferidas por ley 715 de 2001 y el articulo 33 de la ley 996 de 2005, la Resolución Nro. 088878 de 7 de abril de 2010 y
Para: Rectores(as), Directores(as) de Instituciones y Centros Educativos Rurales
de los 120 municipios no certificados del Departamento de Antioquia
La secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia, en cumplimiento de la responsabilidad asignada por el artículo 10 del Decreto 1290 de 2009, numerales 2 y 3, se permite divulgar el segundo documento con reflexiones en torno a la implementación del Sistema Institucional de Evaluación de los Aprendizajes, acorde con los desarrollos de cada una de las Instituciones y Centros Educativos Rurales.
A través de la presente normatividad, la Secretaría de Educación de Antioquia convoca al proceso ordinario de traslados del departamento, para la vigencia del año 2014 - 2015, que permita proveer las vacantes enunciadas en la parte emotiva de este decreto.
"Por el cual se revocan los decretos 0306 del 7 de febrero de 2006 y el decreto N 0203 del 1 de febrero de 2008".